Comentario de Matthew Henry | Numeros 30:1-16 | 0 | 2051
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Comentario Números 30: 1-16. Cumplimiento de los votos.- Casos en que se puede anular un voto. - Numeros 30:1-16

Estudio Biblico

Vv. 1, 2. Ningún hombre está ligado por propia promesa a hacer lo que, por precepto divino, ya está
prohibido. En otros asuntos el mandamiento es que no debe quebrantar su palabra, si cambia de idea.

Vv. 3-16. Se determinan dos casos de votos. El caso de una hija en la casa de su padre. Cuando
el voto de ella llega a conocimiento del padre, éste tiene el poder de confirmarlo o anularlo. La ley es
simple en el caso de la esposa. Si su marido le permite su voto, aunque sólo sea por silencio, el voto
es firme. Si no se lo permite, la obligación de ella para con su esposo toma el lugar del voto; pues
ella debe estar sujeta a él como al Señor. La ley divina comprende el buen orden de las familias.
Apropiado es que todo hombre gobierne su casa y tenga en sujeción a su esposa e hijos. Dios libera
de la obligación hasta del voto solemne antes que se rompa esta gran regla, o que se estimule a los
parientes bajo sujeción a romper en pedazos los votos. Así pues la religión asegura el bienestar de
toda la sociedad; y en ellos tienen bendición las familias de la tierra.

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PASAJE BIBLICO

Numeros 30
30:1 Habló Moisés a los príncipes de las tribus de los hijos de Israel, diciendo: Esto es lo que Jehová ha mandado.

30:2 Cuando alguno hiciere voto a Jehová, o hiciere juramento ligando su alma con obligación, no quebrantará su palabra; hará conforme a todo lo que salió de su boca.

30:3 Mas la mujer, cuando hiciere voto a Jehová, y se ligare con obligación en casa de su padre, en su juventud;

30:4 si su padre oyere su voto, y la obligación con que ligó su alma, y su padre callare a ello, todos los votos de ella serán firmes, y toda obligación con que hubiere ligado su alma, firme será.

30:5 Mas si su padre le vedare el día que oyere todos sus votos y sus obligaciones con que ella hubiere ligado su alma, no serán firmes; y Jehová la perdonará, por cuanto su padre se lo vedó.

30:6 Pero si fuere casada e hiciere votos, o pronunciare de sus labios cosa con que obligue su alma;

30:7 si su marido lo oyere, y cuando lo oyere callare a ello, los votos de ella serán firmes, y la obligación con que ligó su alma, firme será.

30:8 Pero si cuando su marido lo oyó, le vedó, entonces el voto que ella hizo, y lo que pronunció de sus labios con que ligó su alma, será nulo; y Jehová la perdonará.

30:9 Pero todo voto de viuda o repudiada, con que ligare su alma, será firme.

30:10 Y si hubiere hecho voto en casa de su marido, y hubiere ligado su alma con obligación de juramento,

30:11 si su marido oyó, y calló a ello y no le vedó, entonces todos sus votos serán firmes, y toda obligación con que hubiere ligado su alma, firme será.

30:12 Mas si su marido los anuló el día que los oyó, todo lo que salió de sus labios cuanto a sus votos, y cuanto a la obligación de su alma, será nulo; su marido los anuló, y Jehová la perdonará.

30:13 Todo voto, y todo juramento obligándose a afligir el alma, su marido lo confirmará, o su marido lo anulará.

30:14 Pero si su marido callare a ello de día en día, entonces confirmó todos sus votos, y todas las obligaciones que están sobre ella; los confirmó, por cuanto calló a ello el día que lo oyó.

30:15 Mas si los anulare después de haberlos oído, entonces él llevará el pecado de ella.

30:16 Estas son las ordenanzas que Jehová mandó a Moisés entre el varón y su mujer, y entre el padre y su hija durante su juventud en casa de su padre.

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